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Dictamen del revisor fiscal: qué es, qué contiene y qué significa cada tipo de opinión

Qué es el dictamen del revisor fiscal sobre los estados financieros, qué debe contener según el Código de Comercio y qué significan una opinión limpia, con salvedades o adversa.

Revisoría fiscal Por Juan David Marín Ríos Publicado el 10 de octubre de 2026 Actualizado el 10 de octubre de 2026 1002 palabras

Cada año, antes de la asamblea ordinaria, el revisor fiscal entrega un documento que los socios, los bancos y la DIAN leen con atención: el dictamen sobre los estados financieros. En pocas páginas dice si las cifras de la empresa son confiables o no.

En esta guía le explicamos qué es el dictamen, qué debe contener según la ley, qué tipos de opinión existen y qué hacer si el suyo trae salvedades.

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¿Qué es el dictamen del revisor fiscal?

Es la opinión profesional e independiente del revisor sobre si los estados financieros de la empresa presentan razonablemente su situación financiera y sus resultados, de acuerdo con el marco contable que le aplica.

No es una certificación de que no hay ningún error. Es una opinión basada en evidencia, que el revisor obtiene con pruebas sobre las cifras y el control interno a lo largo del año.

¿Quién lo recibe y cuándo?

El dictamen acompaña a los estados financieros de fin de ejercicio que se presentan a la asamblea ordinaria, en el primer trimestre del año. Debe quedar a disposición de los socios, junto con los estados financieros, durante los quince días hábiles anteriores a la reunión.

Después lo piden los bancos para estudiar créditos, las entidades públicas en las licitaciones y, cuando la empresa está vigilada, la superintendencia correspondiente.

Qué debe contener según el Código de Comercio

El artículo 208 del Código de Comercio establece que el dictamen debe expresar, por lo menos:

  • Si el revisor obtuvo la información necesaria para cumplir sus funciones.
  • Si en el curso de su revisión siguió los procedimientos aconsejados por la técnica de la interventoría de cuentas.
  • Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a la técnica contable, y si las operaciones registradas se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la asamblea o junta directiva.
  • Si el balance y el estado de resultados han sido tomados fielmente de los libros, y si en su opinión presentan en forma fidedigna la situación financiera y el resultado de las operaciones.
  • Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los estados financieros.

Las normas de aseguramiento que lo regulan

Además del Código de Comercio, el revisor aplica las normas de aseguramiento de la información adoptadas en Colombia, basadas en las Normas Internacionales de Auditoría. Las más relevantes para el dictamen son:

NormaDe qué trata
NIA 700Formación de la opinión y contenido del informe
NIA 705Opiniones modificadas: con salvedades, desfavorable o abstención
NIA 706Párrafos de énfasis y de otras cuestiones
NIA 570Empresa en funcionamiento

Los tipos de opinión

Opinión sin salvedades

Es la que toda empresa busca. Significa que los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación de la empresa. A veces se le llama dictamen limpio.

Opinión con salvedades

El revisor encontró errores materiales en una parte específica de los estados financieros, o no pudo obtener evidencia suficiente sobre ella, pero el problema no afecta al conjunto. El dictamen explica cuál es la partida y por qué.

Opinión desfavorable o adversa

Los errores son materiales y generalizados: los estados financieros, en su conjunto, no presentan razonablemente la situación de la empresa.

Abstención de opinión

El revisor no pudo obtener evidencia suficiente para formarse una opinión, y el efecto posible es generalizado. Pasa, por ejemplo, cuando la contabilidad está muy atrasada o falta información esencial.

Párrafos de énfasis y empresa en funcionamiento

Un dictamen sin salvedades puede incluir un párrafo de énfasis. No modifica la opinión, pero llama la atención sobre un asunto importante: un litigio grande, un cambio de política contable o una incertidumbre sobre la capacidad de la empresa para seguir operando.

Este último punto es delicado. Si el revisor tiene dudas sobre la continuidad de la empresa, debe decirlo, y los bancos lo leen con mucho cuidado.

Qué hacer si su dictamen trae salvedades

  1. Entienda la causa. Pida al revisor que le explique exactamente qué partida la origina y qué evidencia falta.
  2. Corrija lo que se pueda antes de la asamblea. Algunas salvedades se resuelven con un ajuste o un soporte.
  3. Haga un plan para el año siguiente. Si la causa es de control interno, se corrige durante el ejercicio, no al cierre.
  4. Prepare la explicación para socios y bancos. Una salvedad explicada y con plan de acción genera menos desconfianza que una ignorada.

La mayoría de las salvedades se originan en un cierre desordenado. Revise qué revisa el revisor fiscal en el cierre contable para prepararse.

Dictamen e informe a la asamblea no son lo mismo

El dictamen opina sobre los estados financieros. El informe a la asamblea va más allá: cubre el cumplimiento de la ley y los estatutos, el control interno y otros asuntos. Le explicamos su contenido en el informe del revisor fiscal a la asamblea.

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Si su empresa estará obligada a tener revisor fiscal en 2027, o un banco le está pidiendo estados financieros dictaminados, lo ayudamos a prepararse. Empiece por nuestra evaluación de revisoría fiscal 2027.

Preguntas frecuentes

Dudas que nos hacen sobre este tema

Es la opinión independiente del revisor sobre si los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera y los resultados de la empresa, según el marco contable aplicable.

El artículo 208 del Código de Comercio fija su contenido mínimo, y las normas de aseguramiento adoptadas en Colombia, basadas en las NIA 700, 705, 706 y 570, regulan cómo se forma y presenta la opinión.

Que el revisor encontró errores materiales en una parte específica de los estados financieros, o no obtuvo evidencia suficiente sobre ella, sin que el problema afecte al conjunto.

Antes de la asamblea ordinaria, con tiempo para que quede a disposición de los socios durante los quince días hábiles previos a la reunión.

Puede afectarlo. Los bancos revisan el dictamen y una salvedad sin explicación genera dudas. Conviene entender su causa y presentar un plan de acción.

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