Retención en la fuente 2025: claves para empresarios

Si diriges una empresa, la retención en la fuente es uno de los conceptos tributarios que más debes tener presente: es el mecanismo que usa el Estado para asegurarse de que los impuestos se paguen de forma anticipada, descontando directamente un porcentaje en el momento en que le pagas a un proveedor, colaborador o cualquier tercero que te preste un servicio.

ABC reforma tributaria para empresas

Tabla de contenidos

¿Qué es la retención en la fuente?

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La retención en la fuente NO es un impuesto adicional: se trata de un anticipo del impuesto anual. Funciona como un mecanismo para que el Estado reciba pagos graduales a lo largo del año.

Tu empresa aquí actúa en dos roles: como Agente Retenedor al comprar y como Sujeto Pasivo al vender.

¿Cuáles son las operaciones alcanzadas por la retención?

Como empresario, debes saber que prácticamente todas las operaciones que realizas pueden estar sujetas a retención en la fuente. Sin embargo, Las principales son:

Honorarios y servicios profesionales
cualquier pago por asesorías, consultorías o actividades intelectuales; tarifa general entre 10% y 11%.
Compras generales
bienes agrícolas, industriales o activos fijos, con tarifas de 2,5% o 3,5%.
Arrendamientos
de oficinas, bodegas, vehículos, maquinaria, etc., con tarifas alrededor de 3,5%.
Rendimientos financieros
intereses de CDT, bonos u otros, que deben retenerse al 4%-7%.
Pagos específicos
como servicios de transporte, aseo, vigilancia, hotelería, restaurantes, licencias de software, entre otros, con tarifas entre 1% y 6%.
Pagos al exterior
servicios de consultoría, asistencia técnica o regalías pagadas a proveedores fuera del país, con tarifas que alcanzan el 20% o más.
Dividendos y participaciones
tarifas de hasta 35% según el caso.

Ojo empresario: desde junio de 2025, muchos umbrales se redujeron. Por ejemplo, para servicios, ahora debe retener desde pagos iguales o superiores a 2 UVT ($100.000), antes el mínimo era de 4 UVT.

Esto implica que hasta operaciones pequeñas quedarán sujetas a retención.

Aplicación y tarifas 2025

El Decreto 0572 de 2025, vigente desde el 1 de junio, modificó tanto tarifas como umbrales.

Como gerente o dueño de negocio, debes implementar estos cambios en tu contabilidad y tesorería para evitar errores:

  • Servicios: retención desde 2 UVT con tarifas de 4% a 11%.
  • Compras de bienes agropecuarios: retención del 1,5% desde 70 UVT.
  • Compra de inmuebles para vivienda: retención del 1% sobre las primeras 10.000 UVT y del 2,5% sobre el excedente.
  • Autorretención: empresas autorretenedoras ahora aplican tarifas desde 1,2% hasta 4,5% sobre sus propios ingresos, dependiendo del sector.
 
 

Por ejemplo si en tu empresa se paga una factura por servicios de $1.200.000, que equivale a 24 UVT, deberás practicar retención; antes, muchas facturas pequeñas quedaban por debajo del umbral.

Si deseas puedes leer el decreto Aquí

¿Cómo afecta la retención en la renta a las empresas?

como afecta tu empresa la retención

La retención en la fuente es uno de los factores que más afecta las finanzas de tu empresa, porque significa adelantar dinero al Estado que podrías destinar a capital de trabajo, inversiones o pagos operativos.

Con las nuevas tarifas y umbrales más bajos que entraron en vigor en junio de 2025, ahora debes hacer retención en muchas más transacciones, incluso en pagos menores que antes no la requerían.

Esto impacta directamente el flujo de caja
al retener y consignar un porcentaje de cada operación, la empresa verá más dinero “inmovilizado” como anticipo del impuesto de renta y aunque esos anticipos se descuentan al declarar el impuesto anual, entre tanto afectan la capacidad de maniobra financiera.
¿Y si su empresa es autorretenedora?
Si este es el caso, la empresa misma debe aplicarse las tarifas de autorretención sobre sus ingresos mensuales, generando pagos anticipados al Estado que reducen la liquidez disponible.
Como empresario, nunca olvides que...
Tu deber es garantizar que cada retención se calcule correctamente, se declare y se pague dentro de los plazos establecidos, para evitar sanciones e intereses con la DIAN .

la retención en la fuente exige una gestión contable y financiera mucho más precisa: tu equipo debe actualizar sistemas, monitorear saldos a favor, y prever estos anticipos en la planeación mensual, porque de lo contrario podría verse afectada la estabilidad financiera de la empresa.

No olvides que si deseas una asesoría GRATUITA para aclarar cualquier duda con respecto a la retención, en Marín Ríos consultores estaremos encantados de ayudarte

Cada Mes

Declarar y pagar las retenciones practicadas en el mes anterior. Las fechas varían según el último dígito de su NIT.

31 de Marzo (del año siguiente)

Fecha límite para expedir los certificados de retención anuales a sus proveedores y prestadores de servicios.

Declaración Anual de Renta

Momento de descontar todas las retenciones que le practicaron durante el año fiscal. Aquí es donde se materializa el "anticipo".

Si tienes dudas acerca de los plazos que debes cumplir te recomendamos que revises las fechas mas importantes del calendario fiscal 2025.

¿Qué tiene que ver la retención en la fuente con la reforma tributaria?

reforma tributaria y retención

La retención en la fuente y la reforma tributaria están estrechamente conectadas: la Ley 2277 de 2022 transformó la forma en que las empresas debe manejar la retención, Esta ley ajustó la tributación corporativa, con efectos directos en la retención sobre dividendos y estableciendo un piso para el impuesto de renta de las empresas.

Cambios clave en la retención en la fuente tras la reforma tributaria
  • Incremento en tarifas de retención sobre dividendos
  • Implementación de la Tasa de Tributación Depurada (TTD) mínima del 15%
  • Eliminación de incentivos y reducción de descuentos
  • Nuevas obligaciones para retener a proveedores informales

¿Tu empresa retiene correctamente?

Lo que cambió con la reforma tributaria

  • Incremento en tarifas de retención sobre dividendos:
    Si tu empresa reparte utilidades, deberá retener hasta un 35%, especialmente cuando paga a accionistas no residentes o sociedades extranjeras. Esto obliga a planificar mejor la distribución de utilidades, ya que la retención se convierte en un costo mayor para socios e inversionistas.

 

  • Implementación de la Tasa de Tributación Depurada (TTD) mínima del 15%:
    Si con deducciones o beneficios el impuesto baja de ese porcentaje, deberás calcular un “Impuesto a Adicionar” para llegar al mínimo. Estrategias fiscales que antes funcionaban, ahora pueden quedar sin efecto.

 

  • Eliminación de incentivos y reducción de descuentos:
    La Ley 2277 eliminó beneficios como el régimen de megainversiones y limitó descuentos como el del ICA. Esto amplía la base de cálculo para la retención y eleva el monto retenido en varias operaciones.

 

  • Nuevas obligaciones para retener a proveedores informales:
    Si compras bienes o servicios a personas naturales o proveedores que no emiten factura electrónica y el pago supera ciertos montos, también debes aplicar retención. Esto implica ajustar los procesos de compra, pago y contabilidad para cumplir con la nueva normativa.

En este contexto, te invitamos a leer nuestro análisis completo: ¿Cómo afecta la nueva reforma tributaria a las empresas este 2025?, donde te explicaremos de manera práctica cómo estos cambios impactarán tu operación, tus obligaciones fiscales y las decisiones financieras estratégicas que debes tomar.

Certificados de retención y Extensiones del pago

Certificados de retención: ¿cuándo y dónde?

Como empresario agente retenedor, debes entregar a cada proveedor o empleado los certificados de retención antes del 31 de marzo del año siguiente a aquel en que se practicó la retención.

Estos certificados son el soporte legal para que un proveedor o colaborador descuente la retención en su declaración de renta.

Para certificados de situación tributaria, los proveedores o la empresa misma pueden solicitarlos directamente a la DIAN en www.dian.gov.co.

Para ello, se deben adjuntar documentos como cédula del representante legal y el certificado de Cámara de Comercio.

Extensiones del pago

Si presentas la declaración de retención y no pagas el total, la DIAN considera que no hiciste nada. Así de claro.

En otras palabras, aunque envíes el formulario, si no pagas dentro del plazo, la declaración no vale y la obligación sigue viva: acumulas intereses y quedas expuesto a sanciones.

Un dato clave si tienes empresa: las facilidades de pago que ofrece la DIAN solo aplican antes de declarar.

Una vez declaras sin pagar, la ineficacia es automática.

Sabemos que el sistema tributario puede ser un dolor de cabeza, sobre todo cuando cambia y cambia. 

Por eso, si después de leer esto sientes que podrías estar dejando pasar algo importante, o simplemente quieres validar que todo esté en orden, en Marín Ríos Consultores abrimos un espacio para ayudarte.

Agenda hoy mismo una asesoría gratuita con nuestro equipo para revisar tu caso y aclarar dudas sobre las nuevas reglas de retención.

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