Hay una creencia peligrosa que ronda entre empresarios con pocos empleados:
«yo tengo dos trabajadores, la nómina electrónica no me aplica».
Y la reacción del contador, cuando el empresario le pregunta, muchas veces refuerza esa idea: «tranquilo, eso es para empresas grandes».
Ninguna de las dos cosas es cierta. Y en 2026, con la DIAN cruzando información automáticamente entre nómina electrónica, PILA y declaraciones de renta, esa confusión ya no es un descuido: es una bomba de tiempo que le puede costar deducciones, sanciones y auditorías.
En este blog le explicamos con los pies en la tierra qué es la nómina electrónica, quiénes están obligados, en qué plazos, y qué pasa realmente si no cumple.
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La nómina electrónica es el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica (DSNE): un registro digital que su empresa debe enviar a la DIAN cada mes reportando lo que pagó por sueldos, prestaciones, comisiones, bonificaciones y deducciones.
Fue creada por la Resolución 000013 de 2021 y hace parte del ecosistema de facturación electrónica.
En pocas palabras: cada vez que su empresa paga una nómina, esa información debe llegar a la DIAN en formato XML, firmada digitalmente, dentro del plazo.
Sin ese reporte, para la DIAN esos pagos «no existen».
¿Por qué le importa esto a la DIAN? Porque le permite cruzar automáticamente tres cosas: lo que su empresa reporta en nómina electrónica, lo que paga en seguridad social (PILA), y los ingresos que sus empleados declaran en su renta personal.
Si esos tres números no cuadran, se enciende una alerta que puede terminar en un requerimiento.
En 2020 la DIAN dio ese paso con la facturación electrónica. Con la nómina electrónica está haciendo lo mismo con la relación laboral.
Y así como la factura de venta ya no puede ser un papel, el pago de nómina ya no puede ser un cheque, una transferencia y un Excel.
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¿Le quedó alguna duda o cree que su empresa está en falta? Revisemos su caso.
HablemosLa regla actual en Colombia es sin ambigüedades: si tiene al menos un empleado en nómina, está obligado.
No importa si es una persona natural, una S.A.S., una S.A. o una fundación. No importa si tiene un empleado o quinientos. No importa el tamaño de la empresa ni sus ingresos.
Hay tres perfiles que suelen creer erróneamente que no les aplica:
Un dato clave del 2025 que muchos aún no han asimilado: la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) reclasificó los contratos de aprendizaje SENA como relación laboral.
Eso significa que desde ese momento, los pagos a aprendices sí deben reportarse en nómina electrónica. Si su empresa tiene aprendices y no los está incluyendo en el DSNE, tiene un problema que resolver.
La fecha exacta depende del mes de la nómina y los festivos del calendario. Elija el mes que va a reportar y vea su fecha límite al instante.
¿Tiene meses atrasados o no está seguro de sus plazos? Le ayudamos a ponerse al día.
HablemosAquí hay una confusión frecuente que le puede costar la deducción de sus salarios: la Resolución 000013 dice «primeros 10 días del mes siguiente», sin especificar si son calendario o hábiles.
En la práctica, la DIAN cuenta días hábiles, y así lo operan los proveedores tecnológicos autorizados.
En pocas palabras, si pagó la nómina de enero, tiene hasta el día 10 hábil de febrero para transmitirla.
Los sábados, domingos y festivos no cuentan. La fecha límite real suele caer entre el 13 y el 18 del mes siguiente.
Tres reglas que casi nadie tiene claras:
Los errores más comunes no son visibles hasta que llega el requerimiento. Marque lo que su empresa ya hace bien y vea qué tan expuesta está.
¿Nivel de riesgo alto o medio? Revisemos su caso antes de que llegue un requerimiento.
HablemosAquí viene la parte incómoda, porque el escenario real es más grave que la sanción formal.
Lo que dice la norma: el Concepto DIAN 11042 de 2024 aclaró que no existe hoy una sanción específica por enviar la nómina electrónica fuera de plazo.
La Ley 2155 de 2021 modificó el artículo 616-1 del Estatuto Tributario indicando que la no transmisión del DSNE debería sancionarse bajo el artículo 651: multas del 1% del valor no informado, o 0,5% si se reporta de forma extemporánea, con un tope de 7.500 UVT (aproximadamente $393 millones en 2026).
Lo que realmente le puede pasar (y esto es lo que casi ningún artículo explica bien):
Estamos hablando de sanciones que en el papel se ven pequeñas pero que, sumadas a la pérdida de deducción y a los costos de una auditoría, pueden costarle a una empresa mediana varias veces más de lo que le hubiera costado tener el proceso en orden desde el principio.
Si su empresa está en falta, el camino no es esperar a ver qué pasa. Es habilitarse ya. Estos son los pasos concretos:
Esta es la conversación incómoda que pocos empresarios tienen con su contador.
La nómina electrónica exige un nivel de precisión operativa que muchos contadores independientes o pequeñas oficinas contables simplemente no están dando.
Los errores más comunes que vemos en Marín Ríos Consultores cuando revisamos empresas nuevas:
Si su empresa lleva contabilidad con una sola persona que hace todo (nómina, impuestos, cierre, DSNE, exógena ) el margen de error es alto no por mala fe, sino por carga operativa.
Ese es exactamente el problema que resuelve un outsourcing contable con equipo detrás: alguien lleva la operación, alguien la revisa, y hay procesos que se cumplen sin depender de la memoria de una persona.
Si quiere calcular cuánto le costaría tercerizar todo el back office contable de su empresa, incluyendo nómina electrónica y todos los reportes DIAN, revise nuestra guía sobre cuánto cuesta un outsourcing contable en Colombia.
Si llegó hasta aquí y no está seguro de si su empresa está cumpliendo bien con la nómina electrónica, o si sospecha que hay meses sin reportar o inconsistencias con PILA, esa duda vale más resolverla antes de que llegue un requerimiento que después de.
En Marín Ríos Consultores revisamos el estado real de su nómina electrónica: si está al día, si hay meses pendientes, si los valores cuadran con PILA, y si los aprendices están correctamente reportados. Y le decimos con números qué hay que corregir, qué se puede recuperar y qué proceso queda en pie para adelante.
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CEO Marín Ríos Consultores
Contador público y especialista en finanzas. Trabaja con pymes en control de costos, presupuesto empresarial y organización financiera para tomar mejores decisiones.
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