Calendario Tributario 2025: Guía que debes conocer en el mes Marzo

Marzo es más que un cambio de estación; es un hito crucial en el mundo de la contabilidad y los impuestos.

Este mes, trae consigo varias obligaciones que requieren tu atención y diligencia.

Aquí te contamos

calendario tributario 2025-v2

Tabla de contenidos

Presenta la retención en la fuente

La presentación de la retención en la fuente es un requisito esencial. Debe ser completada basándose en los ingresos y pagos del período anterior.

Es vital revisar todas las transacciones sujetas a retención y reportarlas de acuerdo con las tarifas y plazos establecidos por la autoridad tributaria.

Según el decreto 2229 del 2013  

Para determinar la fecha tope de presentación y pago de la declaración, es necesario tener en cuenta el último número del NIT del sujeto retenedor tal como aparece en el RUT (excluyendo el dígito de verificación), de la siguiente manera:

Plazos para la retención en la fuente primer trimestre 2025

Calendario-tributario-primer-semestre-2025

Plazos para la retención en la fuente segundo trimestre 2025

Calendario-tributario-segundo-semestre-2025

Declaración de IVA primer bimestre

El IVA del primer bimestre se debe calcular y declarar, considerando todas las ventas y compras realizadas. Es importante tener todos los comprobantes fiscales a mano y realizar la declaración antes de la fecha límite para evitar multas.

La presentación de la declaración y pago de la primera cuota será entre el séptimo y el décimo sexto día hábil. Es decir, para 2025, entre el 11 y el 25 de marzo. El pago de la segunda cuota para el primer bimestre deberá hacerse el décimo día hábil de mayo. En 2025 será el 23 de mayo.

Fuente: Presidencia de la republica

Para Grandes Contribuyentes

Los Grandes Contribuyentes, personas jurídicas y naturales, que sean responsables del Impuesto sobre las Ventas – IVA y que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior —es decir, por $4.329.980.000 en el año gravable 2024— tendrán la obligación de presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

También corresponderán los mismos plazos a los responsables de IVA por la prestación del servicio telefónico.

Los vencimientos por cada bimestre son:

Enero – febrero: Del séptimo al décimo sexto día hábil de marzo. Para 2025, del 11 al 25 de marzo.

Marzo – abril: Del séptimo al décimo sexto día hábil de mayo. Para 2025, del 12 al 23 de mayo.

Mayo – junio: Del séptimo al décimo sexto día hábil de julio. Para 2025, del 9 al 22 de julio.

Julio – agosto: Del séptimo al décimo sexto día hábil de septiembre. Para 2025, del 9 al 22 de septiembre.

Septiembre – octubre: Del séptimo al décimo sexto día hábil de noviembre. Para 2025, del 12 al 26 de noviembre.

Noviembre – diciembre: Del séptimo al décimo sexto día hábil de enero. Para 2026, del 13 al 26 de enero.

Para Prestadores de servicio desde el exterior

Los prestadores de servicios desde el exterior tendrán la obligación de presentar la declaración bimestral de IVA y pagar el valor de esta en los siguientes tiempos, independientemente del último dígito del NIT:

 

Enero – febrero: Hasta el décimo día hábil de marzo, es decir, en 2025, hasta el 14 de marzo.

Marzo – abril: Hasta el décimo día hábil de mayo, es decir, en 2025, hasta el 15 de mayo.

Mayo – junio: Hasta el décimo día hábil de julio, es decir, en 2025, hasta el 14 de julio.

Julio – agosto: Hasta el décimo día hábil de septiembre, es decir, en 2025, hasta el 12 de septiembre.

Septiembre – octubre: Hasta el décimo día hábil de noviembre, es decir, en 2025, hasta el 18 de noviembre.

Noviembre – diciembre: Hasta el décimo día hábil de enero de 2026, es decir, hasta el 16 de enero de 2026.

 

Para Personas Jurídicas y Naturales

Para terminar, las personas jurídicas y naturales responsables de IVA, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año anterior —es decir, del año gravable 2024— sean inferiores a 92.000 UVT ($4.329.980.000) tendrán la obligación de presentar y pagar la declaración con una periodicidad cuatrimestral. Los plazos establecidos para este caso son:

 

Enero – abril: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de mayo, es decir, entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.

Mayo – agosto: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de septiembre, es decir, entre el 9 y el 22 de septiembre de 2025.

Septiembre – diciembre: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de enero, es decir, entre el 13 y el 26 de enero de 2026.

 

Renovación de Inscripciones Empresariales ante las cámaras de comercio

Todas las compañías y entidades registradas en la Cámara de Comercio tienen el deber anual de renovar su matrícula. Este requisito implica básicamente hacer un reporte sobre cómo le fue a la empresa o entidad en el año que pasó y poner al día cualquier información que haya tenido cambios.

Esta tarea debe realizarse desde el arranque del año, el 1 de enero, y se extiende hasta el 31 de marzo de 2025, sin que afecte la fecha en que originalmente te registraste. Si estás actualizando el Registro Único de Proponentes, conocido como RUP, tienes un margen un poco más amplio, hasta el quinto día hábil de abril, es decir, hasta el 8 de abril de 2025.

No estar al día con la renovación de tu registro puede llevar a sanciones económicas considerables, que pueden alcanzar hasta 17 veces el salario mínimo mensual legal vigente, según lo establece el Artículo 31 de la Ley 1727 de 2014. Estas sanciones son impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Mantener tu registro actualizado en la Cámara de Comercio no solo es cumplir con una formalidad; también abre la puerta a una variedad de servicios que ofrece la Cámara para potenciar tu negocio o entidad, apoyándote para que sigas creciendo y consolidándote en el mercado.

Asamblea de Socios: Aprobación de Estados Financieros

Es recomendable que todas las sociedades lleven a cabo su asamblea ordinaria de socios o junta de accionistas dentro de los tres primeros meses del año, específicamente entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

Esta reunión no solo es una formalidad legal, sino una oportunidad estratégica para evaluar el desempeño de la organización y planificar su futuro.

Durante esta reunión anual obligatoria, se deben aprobar los estados financieros correspondientes al año anterior, que reflejan la situación económica y operativa de la sociedad.

Si corresponde, también se deben designar o ratificar a los administradores, representantes legales o miembros del órgano de gobierno, asegurando así una gestión efectiva para el próximo período.

Si por alguna razón la sociedad no realiza la convocatoria dentro de los plazos establecidos, la normativa permite que cualquier socio o accionista convoque directamente la asamblea, asegurando así el cumplimiento de esta obligación legal. No cumplir con estas disposiciones puede generar riesgos legales o administrativos que afecten la operación y credibilidad de la empresa.

Preguntas frecuentes

  1. Entender las Normativas: Asegúrate de que entiendes las leyes y regulaciones actuales relacionadas con la retención en la fuente en tu país o región.
  2. Llevar una Contabilidad Detallada: Mantén registros precisos y actualizados de todas las transacciones que estén sujetas a retención.
  3. Utilizar Herramientas Adecuadas: Considera el uso de software contable que pueda ayudarte a calcular y realizar un seguimiento de las retenciones.
  4. Consultar Expertos: Si tienes dudas, consulta con un contador o asesor fiscal que pueda ofrecerte orientación específica.
  5. Cumplir con los Plazos: Conoce y respeta las fechas límites de presentación y pago establecidas por la autoridad tributaria.

La fecha límite para declarar el IVA correspondiente al primer bimestre (enero-febrero) es el 25 de marzo de 2025, dependiendo del último dígito del NIT.

  1. Convocatoria a la Asamblea: Una carta o documento que oficialice la invitación a los socios.
  2. Orden del Día: Los puntos a tratar durante la asamblea.
  3. Estados Financieros: Balance general, estado de resultados y otros informes financieros del último año, los cuales deben ser aprobados en la reunión.
  4. Informe de Gestión: Un resumen de las actividades y resultados del año anterior.
  5. Propuestas de Distribución de Utilidades: Si aplica, las recomendaciones para la distribución de los beneficios económicos.
  6. Acta de la Asamblea Anterior: Para ser leída y aprobada si no se hizo previamente.

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